Circular Área Laboral: 01/22 (1)

ASUNTO:

NOVEDADES EN MATERIA LABORAL EN LA LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO 2022

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2022 contiene una serie de novedades en materia laboral y de Seguridad Social vigentes desde el 1 de Enero, siendo las más destacadas:

•Bases Tipos de Cotización 2022.

En materia de “Cotizaciones Sociales “, recoge la normativa relativa a bases y tipos de cotización de los distintos regímenes de la seguridad social procediendo a su actualización.

•Bases y Tipos de Cotización en Régimen General:

El tope máximo de cotización quedará fijado a partir de 1 de Enero de 2022 en 4.139,40 € / mes (137,98€ día).

Las bases de cotización tendrán como tope mínimo las cuantías del salario mínimo interprofesional vigente en cada momento, incrementadas en un sexto.

Se mantienen los tipos de cotización:

Para las contingencias comunes el 28,30 %, siendo el 23,6 % a cargo de la empresa y el 4,7% a cargo del trabajador.

Para las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales se aplican los porcentajes de la tarida de primas Ley 42/2006 de 28 de Diciembre.

•Bases y Tipos de Cotización en Régimen Especial de la Seguridad Social de los    Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos:

•Bases de cotización:

La base máxima de cotización al RETA será de 4.139,40 € / mes.

La base mínima de cotización al RETA será de 960,60 € / mes.

            •Tipos de cotización:

Para las contingencias comunes 28,30 %.

Para las contingencias profesionales será el 1.30 % (siguiendo el incremento programado).

Cese de actividad el 0,90 %.

Cotización al Fogasa 0,20 %.

•Pensiones: actualización y otras disposiciones.

En materia pensiones no se fija el porcentaje de incremento, sino que se establece el procedimiento para su determinación.

Así, las pensiones experimentarán un incremento porcentual igual al valor medio de las tasas de variación interanual del índice de Precios al Consumo de los doce meses previos a Diciembre de 2021.

Para el año 2022 las pensiones contributivas se revalorizan un 2,5%.

La pensión de jubilación tendrá unos importes en 14 pagas, mínimo de 9.590 € / Año y máximo de 39.474 € / año.

•Financiación de la formación profesional para el empleo.

Como cada año las empresas que cotizan por la contingencia de formación profesional dispondrán de un crédito, resultante de aplicar a la cuantía ingresada por la empresa en concepto de formación profesional durante el año 2021 el porcentaje de bonificación en función del tamaño de la empresa:

a) Empresas de 6 a 9 trabajadores: 100 por ciento.

b) De 10 a 49 trabajadores: 75 por ciento.

c) De 50 a 249 trabajadores: 60 por ciento.

d) De 250 o más trabajadores: 50 por ciento.

Las empresas de 1 a 5 trabajadores dispondrán de un crédito de bonificación por empresa de 420 €, en lugar de un porcentaje.

•Aplazamiento de la aplicación de determinados preceptos del Estatuto del Trabajador Autónomo.

Se aplaza la entra en vigor de la materia relativa a los trabajadores por cuenta propia que ejerzan su actividad a tiempo parcial.

•Suspensión del sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales por disminución de la siniestralidad laboral.

Se suspende la aplicación del sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral prevista en el RD 231/2017 de 10 de Marzo, para las cotizaciones que se generen durante el año 2022.

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